Informe de Monitoreo de contenido relacionado a niñas, niños y adolescentes, en medios de comunicación televisivos, radiales, impresos y digitales

La Ley Orgánica de Comunicación (LOC) promulgada en el año 2013 (con una Reforma en el 2019) estableció que los medios de comunicación adquirieran varias obligaciones relacionadas a su programación. Sus contenidos deben estar enmarcados en Derechos a la libertad de expresión y comunicación. Con la reforma a la Ley de Comunicación, el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación, se convirtió en la institución encargada de regular, desarrollar y promover un mejor sistema comunicacional en el país. Plural, inclusivo y participativo, que fomente la democracia y garantice el ejercicio de los derechos. Para ello, la institución, en el marco de sus competencias, desarrolló el monitoreo y seguimiento a los contenidos difundidos por los medios de comunicación nacionales: televisivos, radiales, impresos y medios en Internet; a través de la Dirección Técnica de Monitoreo a los Contenidos.

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Informe de Monitoreo de contenido relacionado a niñas, niños y adolescentes, en medios de comunicación televisivos, radiales, impresos y digitales

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