Ante las amenazas perpetradas en contra de varios periodistas en la provincia de Esmeraldas, el Consejo de Comunicación informa que puso en marcha acciones concretas con las Instituciones pertinentes.
Al mismo tiempo, tomamos contacto con la Policía Nacional, a fin de brindar la asistencia respectiva.
Recordamos que los atentados en contra de la libertad de prensa y el derecho a la libre expresión, repercuten negativamente en el desarrollo de sociedades modernas y democráticas.
Articulamos acciones a favor de los periodistas en Esmeraldas
El inicio de procesos judiciales de funcionarios públicos, en contra de periodistas por ejercer las libertades de expresión e información, vulnera los principios constitucionales sobre los que se fundamenta un Estado democrático, entre los que se incluyen los derechos a opinar y a ejercer una comunicación libre.
El Consejo de Comunicación recuerda a todos los funcionarios públicos, que su gestión está sujeta a un amplio escrutinio de la ciudadanía y de los periodistas. De allí que la denuncia presentada en contra del periodista de Diario Expreso, Roberto Aguilar, se constituya en una herramienta que amedrenta el libre flujo de ideas en una sociedad.
Es indispensable que quienes tienen el poder de administrar justicia precautelen los valores constitucionales, fundamentales de un Estado democrático, así como, apliquen adecuadamente los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Recordamos a todos los funcionarios públicos, que su gestión está sujeta a un amplio escrutinio de la ciudadanía y de los periodistas.
Resaltamos que el exilio forzado de periodistas fractura el derecho a la libertad de expresión, principio básico de las sociedades democráticas.
El Consejo de Comunicación condena los crecientes hechos de violencia contra periodistas. En lo que va del año, se registran 5 comunicadores que han tenido que salir del país debido a amenazas. El último caso se registró hace unos días, el mismo fue trasladado mediante una denuncia a las instituciones competentes.
Es imperante que las instituciones del Estado actúen en estos casos para trabajar de manera coordinada, a fin de precautelar la seguridad de periodistas y su libre ejercicio.
El Consejo de Comunicación destaca la importancia de proteger el ejercicio periodístico. En este sentido, el Reglamento General a la Ley de Comunicación es una pieza clave para continuar con la implementación del Mecanismo de Prevención y Protección del Trabajo Periodístico.
Dicho mecanismo, será un instrumento fundamental que permitirá articular acciones concretas con otras instituciones para la defensa de los derechos de periodistas y trabajadores de la comunicación del país.
Como Institución, continuamos trabajando con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Comunicación.
Es indispensable generar un ambiente seguro y respetuoso para el ejercicio periodístico, que contribuya al robustecimiento de la libertad de expresión y la democracia.
Destacamos la importancia de proteger el ejercicio periodístico
La judicialización a periodistas deja un nefasto precedente para la libertad de expresión
El Consejo de Comunicación, frente a los crecientes casos de hostigamiento a periodistas a través del sistema de justicia, se contactó con representantes de los medios de comunicación ”La Data Ec“ y ”Ciudad Tv“, para brindar asesoría técnico-legal, alineada a estándares internacionales.
La judicialización a periodistas deja un nefasto precedente para la libertad de expresión. Por tanto, es imperativo proteger el trabajo periodístico y velar por espacios seguros para su desarrollo.
Con la reforma a la Ley Orgánica de Comunicación se incluye como parte de las funciones del Consejo de Comunicación: “Estudiar y divulgar públicamente la discusión y juicio de las actuaciones éticas conflictivas que se dan en los medios de comunicación”. En este marco es propicio revisar la Sentencia Nro. 1651-12-EP/20 de la Corte Constitucional del Ecuador [CCE], sobre ENSA [Editores Nacionales S.A.] y el Tribunal Contencioso Electoral [TCE].
Resumiendo el documento: en 2011, la revista «Vistazo» publica en su sección Editorial el texto “Un no rotundo”, acompañado de una imagen de la papeleta del Referéndum y Enmienda Constitucional, donde se marca «No» en las preguntas 3, 4, 5 y 9. El mismo año, cinco organizaciones demandaron ante el Tribunal Contencioso Electoral [TCE] a ENSA [Editores Nacionales S.A.] por considerar que el contenido era propaganda política: en primera instancia, se falla a favor de la Revista; pero, en 2012, en segunda instancia se sanciona al medio de comunicación con una multa de ochenta mil dólares.
En 2020, la parte acusada presenta una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional del Ecuador [CCE] quien resuelve: dejar sin efecto la Sentencia de 2012 y declarar vulneración al debido proceso y a la libertad de expresión. Además, obliga al Tribunal Contencios Electoral [TCE], entre otras acciones, a desarrollar espacios de capacitación.
Con estos antecedentes, frente a las nuevas responsabilidades de la Institución, se presentó el espacio “Libertad de Prensa y Derechos: Análisis de la Sentencia sobre el «Caso Vistazo» No. 1651- 12-EP-20”, donde representantes de las partes involucradas junto a la ciudadanía participaron de un debate propositivo, cuyo objetivo central fue promover la importancia de la libertad de expresión y de prensa para la democracia.
Al conversatorio virtual asistieron 49 participantes, mismos que –una vez llenado el formulario de inscripción- recibieron un certificado de participación
Artículo o ponencia
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Palabras Clave
Memorias del Conversatorio virtual: “Libertad de prensa y derechos”Caso Vistazo. Análisis de la sentencia No. 1651-12-EP/20
Elaborado por la Dirección Técnica de Promoción del Conocimiento Ponentes invitados: – Teresa Nuques, jueza de la Corte Constitucional del Ecuador – Milton Paredes, director ejecutivo del Instituto de la Democracia
Libertad de expresión Libertad de prensa Procesos electorales Medios de comunicación Jeannine Cruz Consejo de Comunicación Teresa Nuques Corte Constitucional del Ecuador Milton Paredes Instituto de la Democracia
Conversatorio Virtual “Libertad de Prensa y Derechos: Análisis de la Sentencia sobre el Caso Vistazo”
Hacemos un llamado a garantizar el libre desarrollo de coberturas de prensa
El Consejo de Comunicación, frente a la obstaculización del trabajo periodístico del comunicador deportivo Giancarlo Bonifas, hace un llamado a garantizar el libre desarrollo de coberturas de prensa.
Exhortamos a propiciar un entorno seguro para que los trabajadores de la comunicación puedan ejercer su profesión de manera clara e independiente. Es indispensable respetar el derecho constitucional al libre acceso y difusión de la información.
Rechazamos el uso del Derecho Penal como vía para restringir la libertad de expresión y opinión
El Consejo de Comunicación rechaza el uso del Derecho Penal como vía para restringir la libertad de expresión y opinión.
La sentencia judicial en contra del periodista Guillermo Lizarzaburo y Juan Pablo Paz, genera efectos disuasivos e intimidantes para el ejercicio periodístico.
Esta Institución, en el ámbito de sus competencias, realiza el acompañamiento de este caso solicitando la asistencia de varios organismos internacionales.
Recordamos que los excesos judiciales quebrantan el derecho del periodista a informar.
Llamamos a los medios de comunicación a constituirse en agentes aliados en la lucha contra la erradicion de la violencia contra la mujer
El Consejo de Comunicación hace un llamado a los medios de comunicación a constituirse en agentes aliados en la lucha por la erradicación de la violencia contra la mujer, a través del tratamiento adecuado de la información y el uso apropiado del lenguaje, como medidas que generan un entorno de respeto hacia las audiencias.
Recomendamos la adopción de las acciones necesarias para prescindir del uso de expresiones que perpetúen posturas denigrantes, racistas, violentas y sexistas; evitando la cosificación de la mujer. Por ello, expresamos nuestro rechazo al contenido difundido por el medio de comunicación Centro Digital en su programa Del Día a la Noche.
Por lo expuesto, el Consejo de Comunicación insta a los medios aplicar normas de regulación voluntaria, como lo establece art. 9.1 de la Ley Orgánica de Comunicación.
El 8 de marzo en 1975, Naciones Unidas inicia la conmemoración del Día de la Mujer, en el marco del Año de la Mujer. El objetivo central de esta fecha es reflexionar y visibilizar la lucha histórica de las mujeres por sus derechos, al tiempo que se reconoce sus aportes en los diferentes ámbitos de la sociedad.
La libertad de expresión se convierte en herramienta clave para alcanzar dicho objetivo; más aún si se considera que las mujeres son la mitad de la población y algunas pertenecen a grupos de atención prioritaria y/o situación de vulnerabilidad por razones de género, etarias, discapacidad, étnicas, económicas, sociales, entre otras.
Para el caso ecuatoriano, la Ley Orgánica de Comunicación, la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y normativa conexa, nacional e internacional, marca la necesidad de transversalizar el enfoque de género en el ejercicio de los derechos a la información y comunicación; además, determina responsabilidades directas al Consejo de Comunicación.
Como una forma de vivir la mentada fecha y aportar al desarrollo profesional de los colaboradores de la Institución, la Dirección Técnica de Promoción del Conocimiento, de la Coordinación General de Promoción de Derechos, abre un espacio de diálogo interno denominado “Mujeres y Libertad de expresión”: un encuentro para fortalecer y ampliar conocimientos en torno al tema. Al evento asistieron 81 colaboradores de la Institución, mismos que recibieron certificado de participación.
Espacio de diálogo Mujeres y Libertad de Expresión