El artículo 49 literal j) de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), reformada en noviembre de 2022, establece como una de las funciones del Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación: “Elaborar informes semestrales respecto al cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación determinadas en la presente Ley, los mismos que deben ponerse en conocimiento de la ciudadanía a través de sus diferentes plataformas digitales o en un instrumento a disposición del público en general (…)”.
Tiene como objetivo, informar los principales aportes en cuanto al cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación determinados en la LOC en el período enero – junio 2025, por la Dirección Técnica de Monitoreo a los Contenidos, en el ámbito de sus competencias.




